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*¿Sabías que por colaborar con la Fundación Almaterra no solo ayudas a quienes más lo necesitan, sino que también puedes deducirte parte de tus aportaciones en la declaración de la renta?
Preguntas frecuentes sobre el sistema de deducciones fiscales para personas físicas
Los beneficios fiscales por donaciones están disponibles tanto para individuos como para empresas que residan fiscalmente en España. En general, cualquier persona física o jurídica que realice una donación a una fundación, ONG o entidad acogida al régimen fiscal especial regulado por la Ley 49/2002, puede beneficiarse de deducciones en su declaración de impuestos.
Para que la donación sea deducible, la fundación o entidad receptora debe estar incluida en el listado de organizaciones que cumplen los requisitos necesarios para que las aportaciones recibidas sean susceptibles de deducción fiscal.
A partir de enero de 2024, el sistema de deducción fiscal para donaciones en España es el siguiente:
- Deducción del 80% para los primeros 250 euros donados. Esto significa que si donas hasta esta cantidad, podrás desgravar el 80% del total en tu declaración de la renta.
- Deducción del 40% para el importe que exceda los 250 euros. Esto implica que a partir de cualquier cantidad superior a esos 250 euros se aplicará una deducción del 40%.
Estos son los tipos de cuotas para hacerse socio/a sin la deducción. Es lo que pagarías antes de que se aplique la deducción en la declaración de la renta:
- Socio/a solidario/a: 5€ al mes o 60€ al año. Se puede realizar un pago anual o dos semestrales.
- Socio/a comprometido/a: 12€ al mes o 144€ al año. Se puede realizar el pago mensual, semestral o anual.
- Socio/a protector/a: 25€ al mes o 300€ al año. Se puede realizar el pago mensual, semestral o anual.
Aquí puedes ver cómo quedan las cuotas después de aplicar la deducción en la declaración de la renta:
- Socio/a solidario/a: 1€ al mes o 12 € al año.
- Socio/a comprometido/a: 2,40 € al mes o 28,80 € al año.
- Socio/a protector/a: 6,70 € al mes o 80 € al año.
En España, la normativa general de deducciones fiscales se aplica en la mayoría del territorio, pero hay algunas diferencias importantes según la comunidad autónoma donde residas o tributes. En particular, en Navarra y en el País Vasco tienen otro régimen de deducciones, por lo que si resides allí deberás consultarlo de forma específica.
- Certificado de donación: Como entidad receptora debemos emitir un certificado que acredite la donación, indicando la cantidad donada, la fecha y que cumple los requisitos legales para que sea deducible. Este documento será clave al momento de realizar la declaración de la renta o del impuesto de sociedades.
- Donación irrevocable: La donación debe ser definitiva, sin que se espere recibir algo a cambio.